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Aprueba Congreso de Oaxaca desaparición de poderes en Juchitán 

*Ejecutivo deberá nombrar administrador provicional 

Staff | Disruptivo Mx 

Con 35 votos a favor, el Congreso de Oaxaca declaró procedente la desaparición del Ayuntamiento Constitucional de la Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza, correspondiente al periodo 2025-2027, al considerar acreditadas las causales previstas en la Ley Orgánica Municipal del Estado.

La decisión se tomó días después de la detención del presidente municipal de Juchitán, Miguel Sánchez Altamirano alias “Quetu” por su presunta participación en actividades vinculadas a la banda de “Los Cromos”, brazo del Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG) en Oaxaca. 

La votación fue mayoritaria para el dictamen de la Comisión Permanente de Gobierno y Asuntos Agrarios quien analizó la solicitud presentada por el Poder Ejecutivo estatal para iniciar el procedimiento de desaparición del Ayuntamiento.

El expediente señala que quedaron acreditados los elementos de la causal establecida en la fracción II del artículo 58 de la Ley Orgánica Municipal de Oaxaca, relacionada con poner en riesgo la vida, la salud o la dignidad de las personas, así como con la violación reiterada de los derechos humanos y garantías de los habitantes.

Entre los argumentos expuestos aparecen los bloqueos, la suspensión de actividades y el incremento de la tensión social en el municipio. 

De acuerdo con el documento analizado por el Congreso, estas circunstancias evidenciaron que la capacidad del presidente municipal y del Cabildo para generar certidumbre y conducir la respuesta institucional había sido progresivamente rebasada.

Las condiciones de inseguridad provocaron suspensión de clases, afectaciones a la movilidad y a las actividades económicas, además de hechos de violencia registrados en espacios públicos y educativos, argumenta.

Uno de los puntos que adquiere mayor peso en el procedimiento son las afectaciones a niñas, niños y adolescentes, debido al deber reforzado de protección que establece el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El documento legislativo sostiene que, en menos de dos años desde el inicio de la administración municipal, los efectos de la inseguridad dejaron de representar únicamente un problema de incidencia delictiva y pasaron a comprometer derechos, servicios y condiciones esenciales para la gobernabilidad de Juchitán de Zaragoza.

La solicitud para iniciar el procedimiento fue remitida al Congreso mediante el oficio SEGO/OS/574-BIS/2026, fechado el 24 de septiembre de 2026 y suscrito por José de Jesús Romero López, secretario de Gobierno de Oaxaca. 

La determinación legislativa no implica simplemente el relevo de integrantes del Cabildo. El artículo 66 de la Ley Orgánica Municipal establece que, cuando el Congreso declare la suspensión o desaparición de un Ayuntamiento, deberá dar vista al titular del Poder Ejecutivo para que nombre de inmediato a un encargado de la Administración Municipal.

Y dicho  encargado tendrá un periodo de hasta 90 días, antes  de que concluya ese plazo, el Poder Ejecutivo deberá proponer al Congreso la integración de un Consejo Municipal para su ratificación, conforme a lo establecido por la Constitución local.

La salida institucional prevista en la legislación será ahora la designación de un encargado de la Administración Municipal y, posteriormente, la eventual integración de un Consejo Municipal.

El Congreso fundamentó su determinación en las circunstancias de inseguridad, conflictividad y afectaciones a derechos descritas en el expediente, particularmente bajo la causal prevista en la fracción II del artículo 58 de la Ley Orgánica Municipal de Oaxaca.

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