Juez ordena absolución de Juan Antonio Vera Carrizal; “corrupción” acusan víctima, poderes Ejecutivo y Judicial

*Fiscalía de Oaxaca interpondrá recursos legales para revertir la sentencia

Luego de que el juez del Tribunal de Enjuiciamiento de la Mixteca, José Gabriel Ramírez Montaño, en audiencia realizada este miércoles 14 de agosto, absolviera a Juan Antonio Vera Carrizal, Rubicel H.R. y Rubén L.C., del delito de feminicidio en grado de tentativa, cometido contra María Elena Ríos, los señalamientos de corrupción por parte de la víctima, así como de los poderes Ejecutivo e incluso del propio Judicial, desestimaron la determinación del juzgador.

María Elena Ríos fue quien dio la noticia de la sentencia absolutoria a favor de su agresor. En su cuenta de X escribió «Ganó la corrupción».

Más tarde, el gobernador del estado, Salomón Jara Cruz emitió su posicionamiento en esa misma red social, en el cual señaló que: “La terrible absolución y liberación de Juan Antonio Vera Carrizal, es una muestra más de la corrupción y putrefacción del Poder Judicial. Condeno enérgicamente el fallo de un juez criminal y cómplice del victimario, que lastima a la justicia y a todas las víctimas de la violencia feminicida.  Es hora de reformar el Poder Judicial para que en Oaxaca no prevalezca la impunidad”.

Mientras que, la presidenta del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca, Berenice Ramírez Jiménez emitió un comunicado, a través del cual informó que “ordenó a la Visitaduría General de la institución la apertura de una investigación para fincar responsabilidades administrativas y penales en contra del juez en materia penal del Tribunal de Enjuiciamiento del Circuito Judicial de la Mixteca, José Gabriel Ramírez Montaño, por posibles actos de corrupción en el desempeño de sus funciones y conductas ilícitas”.

Por su parte, el Fiscal General del Estado de Oaxaca, Bernardo Rodríguez Alamilla condenó la resolución y advirtió que se iniciarían las acciones legales para revertir la determinación.

Posteriormente, la Fiscalía General del Estado de Oaxaca calificó el fallo como “insuficiente y vejatorio» a los derechos de la víctima, toda vez que la Ministerio Público de la Fiscalía Especializada para la Atención a Delitos contra la Mujer por Razón de Género a cargo del caso, aportó todas las pruebas necesarias respecto a la participación –en distintas formas—de las personas indiciadas en el ataque con ácido contra la víctima.

La institución apuntó que llevó a cabo un proceso de investigación apegado a técnicas científicas, lo que permitió sustentar con documentación, el tipo de relación y complicidad de los actores, las cuales fueron desestimadas ilegítimamente por el juez José Gabriel Ramírez Montaño.

“La Fiscalía de Oaxaca también recurrió a tecnologías de inteligencia criminal, tales como el análisis de las sábanas de llamadas, que permitió establecer que la llamada hecha por los autores materiales a la víctima, se realizó desde el teléfono de Rubén L. C., a través de la cual se pactó una cita con Ponciano H. Y. (fallecido) y Rubicel H. R., supuestamente para solicitar un servicio profesional, pero ocuparon ese pretexto para agredir a María Elena R. O., pues además fueron captados en video al momento de ingresar y de salir del domicilio de la víctima, el 9 de septiembre de 2019, justo cuando ocurrió el ataque con ácido sulfúrico”.

Asimismo, se logró establecer que existieron llamadas telefónicas y reuniones entre Rubén L. C. y Juan Antonio V. C., en lo que se llama “momento crítico”, comprendido entre el 6 y el 9 de septiembre de 2019, periodo en el que se planea y ejecuta la agresión en agravio de María Elena R. O.

No obstante de las pruebas presentadas, las declaraciones, los cientos de fojas de investigación que integraron la carpeta, condenó la Fiscalía, el juez José Gabriel Ramírez Montaño, emitió una sentencia absolutoria contra los acusados, lo que deja en evidencia que el proceso legal careció de perspectiva de género por parte del Tribunal de Enjuiciamiento.

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