LA NOTA

El TEEO ratifica legalidad de la Revocación de Mandato en Oaxaca; el proceso sigue firme

*El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) declaró infundados los agravios contra la convocatoria y el calendario emitidos por el IEEPCO. 

*La justicia electoral determinó que el cumplimiento del apoyo ciudadano es el factor clave por encima del plazo máximo de tres meses.

El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) confirmó la validez de los acuerdos emitidos por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) respecto al proceso de Revocación de Mandato.

Durante una sesión pública urgente, las magistradas resolvieron el juicio JDC/11/2026, mediante el cual se pretendía impugnar la convocatoria y el calendario del proceso, con  esta decisión, el tribunal da «luz verde» definitiva a la jornada electoral programada para el próximo 25 de enero.

El núcleo de la controversia radicaba en que la parte promovente alegaba una supuesta vulneración al derecho de presentar la solicitud de revocación dentro de un plazo de tres meses. 

Sin embargo, el pleno del TEEO calificó estos argumentos como infundados e inoperantes.

El Tribunal aclaró dos puntos fundamentales que sientan un precedente jurídico en la entidad:

  1. Interpretación de la Suprema Corte: El TEEO señaló que el promovente interpretó erróneamente lo resuelto por la SCJN en la Acción de Inconstitucionalidad 116/2025. El plazo de tres meses es un límite máximo, no un tiempo de espera obligatorio.
  2. Requisito Sustancial sobre el Temporal: El Tribunal concluyó que el proceso de revocación de mandato no debe detenerse a esperar el vencimiento del reloj, sino que se rige por el cumplimiento del apoyo ciudadano colectivo. Una vez alcanzado el porcentaje mínimo de firmas exigido por la ley y validado por el IEEPCO, el proceso debe avanzar.

«El procedimiento no se rige exclusivamente por el transcurso del tiempo, sino por el cumplimiento de un requisito sustancial de carácter colectivo», sentenció el Tribunal.

Con este fallo, el TEEO garantiza la certeza jurídica del proceso y la resolución confirma que el IEEPCO actuó apegado a la Constitución al emitir la convocatoria una vez que se acreditó el respaldo popular necesario, sin necesidad de agotar los plazos máximos, priorizando así el derecho de la ciudadanía a decidir sobre la continuidad del Ejecutivo.

Por lo cuál dicho  dictamen cierra la puerta a los intentos legales de frenar el calendario electoral, asegurando que la infraestructura democrática esté lista para la consulta ciudadana.

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