Carla Humphrey impugna ante el TEPJF su exclusión de lista para presidir el INE
La consejera del Instituto Nacional Electoral (INE) Carla Humphrey Jordan impugnó ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) la decisión del Comité Técnico de Evaluación (CTE) de excluirla de la lista de aspirantes a presidir el organismo electoral.
La denuncia de la consejera electoral ya aparece en la lista de Asuntos Internos de la Secretaría General de Acuerdos del Tribunal Electoral con el nombre de expediente SUP-JE-46/2023.
El magistrado presidente del TEPJF, Reyes Rodríguez Mondragón, será el encargado del caso de la Carla Humphrey y de determinar si se trata de una inconstitucionalidad que ella busque ser la nueva consejera presidenta del INE.
El Tribunal Electoral tendría este mes para resolver el caso, pues la votación para elegir a los nuevos consejeros del INE, de acuerdo con el calendario que dio a conocer la Junta de Coordinación Política (Jucopo) de la Cámara de Diputados, se llevará a cabo el 30 de marzo en el Pleno de San Lázaro.
El pasado viernes el Comité Técnico, instancia encargada de evaluar los perfiles de quienes aspiran a ser nuevos consejeros electorales, dejó fuera a Humphrey Jordan de la lista de posibles sustitutos del consejero presidente, Lorenzo Córdova Vianello, quien finalizará su mandato el próximo 3 de abril, bajo el argumento de que sería inconstitucional nombrarla en dicho cargo.
Ese mismo día la consejera electoral acusó al CTE de vulnerar sus derechos de aspirar a presidir al INE y negó que busque reelegirse, sino ocupar un cargo distinto al que ya tiene.
“No estoy al final de mi mandato, no pretendo reelegirme, no estoy aspirando al cargo de consejera electoral que ya ostento, sino un cargo distinto que la propia Sala Superior (del Tribunal Electoral federal) en diciembre determinó que debía haber reglas específicas para el nombramiento de la presidencia porque tiene atribuciones distintas”, dijo Carla Humphrey en una entrevista a El Universal.
Lo anterior, pues el artículo 41 de la Constitución prohíbe la reelección de consejeras y consejeros electorales una vez que hayan cumplido el periodo de nueve años de su cargo.